¿Qué es el certificado de conformidad?
Es el informe favorable extendido por el Municipio del Distrito Metropolitano de Quito, o en su caso por la Entidad Colaboradora, según corresponda, en el que se hace constar el cumplimiento de las normas administrativas y reglas técnicas.
¿Qué es el informe de observaciones?
Es el informe desfavorable extendido por el Municipio del Distrito Metropolitano de Quito, o en su caso por la Entidad Colaboradora, según corresponda, en el que se hace constar detallada y justificadamente los incumplimientos que un proyecto presenta respecto al cumplimiento de las normas administrativas y reglas técnicas.
¿Cuáles son los certificados de conformidad que se pueden obtener dentro del proceso constructivo de edificaciones?
Un Certificado de Conformidad por planos Arquitectónicos. Un Certificado de Conformidad por planos de Ingenierías (Estructural, Hidrosanitarias, Eléctricos, y Bomberos). Un Certificado de Conformidad de Propiedad Horizontal que permite la individualización de las unidades constructivas en el Catastro Municipal. (Previamente se debe haber obtenido la LMU-20, en la Administración Zonal a través del canje de los certificados de conformidad de arquitectura e ingenierías).
¿Cuáles son los certificados de conformidad que se pueden obtener dentro del proceso de habilitación de suelo?
Un Certificado de Conformidad para subdivisión y un Certificado de Conformidad para reestructuración parcelaria.
¿Cuál es el certificado de conformidad que se debe obtener al concluir el proceso constructivo en edificaciones?
El Certificado de Conformidad de Finalización del Proceso Constructivo emitido por la Agencia Metropolitana de Control, es el documento que permite continuar con el procedimiento de transferencia de dominio de las unidades constructivas individualizadas en el Catastro Municipal.
¿Cuál es el certificado de conformidad que se debe obtener al concluir la ejecución de obras en habilitación del suelo?
Es el Certificado de Conformidad de Finalización de ejecución de obras en Habilitación del Suelo, emitido por la Agencia Metropolitana de Control, el mismo que permite formalizar la devolución inmediata de las garantías otorgadas por el administrado en la Administración Zonal competente.
¿Es obligatorio notificar por parte del constructor el inicio del proceso constructivo?
Sí, es obligatoria la notificación del inicio de obras en Habilitación del Suelo y del Proceso Constructivo en Edificaciones, según lo señalado en el Art. re-enumerado (37) de la Ord. 0432 que reforma a la Ord. 172 Régimen Administrativo del Suelo en el Distrito Metropolitano de Quito.
¿Es obligatorio exhibir el rótulo donde conste la autorización otorgada para la ejecución de obras en habilitación del suelo (LMU-10) y del proceso constructivo en edificaciones (LMU-20)?
Sí, es obligatoria la publicación del inicio de obras en Habilitación del Suelo y del Proceso Constructivo en Edificaciones, según lo señalado en el Art. re-enumerado (37) de la Ord. 0433 que reforma a la Ord. 172 Régimen Administrativo del Suelo en el Distrito Metropolitano de Quito.
¿Qué es la LMU?
La Licencia Metropolitana Urbanística es el acto administrativo mediante el cual el Municipio del Distrito Metropolitano de Quito autoriza a su titular el ejercicio de su derecho a habilitar, edificar, utilizar o aprovechar el espacio público.
¿Cuál es el procedimiento para iniciar un proceso de obtención de los certificados de conformidad para habilitación del suelo o edificación?
Puede encontrar los requisitos arquitectónicos y estructurales en nuestra sección de «Trámites». Posterior a que obtenga los requisitos, puede acercarse con toda la documentación completa a nuestra oficina, ubicada en la Núñez de Vela #N35-204 e Ignacio San María.
Cualquier duda, puede llamar al 2469094 OPCIÓN 1 y solicitar información acerca de los requisitos que debe presentar.
¿Clases de LMU?
a) Licencia Metropolitana Urbanística de Habilitación del Suelo, LMU (10)
b) Licencia Metropolitana Urbanística de Edificación, LMU (20)
c) Licencia Metropolitana Urbanística de Propiedad Horizontal en edificaciones existentes, LMU (30)
d) Licencia Metropolitana Urbanística de Uso de Espacio Público para la instalación de Redes de Servicio, LMU (40)
e) Licencia Metropolitana Urbanística de Publicidad Exterior, LMU (41)
f) Cualquier otra licencia metropolitana urbanística que sea integrada a este Título, vía Ordenanza Metropolitana.
¿Qué es LMU-10?
Es la Licencia Metropolitana Urbanística de Habilitación del Suelo, mediante el cual el Municipio del Distrito Metropolitano de Quito autoriza al administrado el inicio de la ejecución de obras, de acuerdo a los certificados de conformidad del cumplimiento de las reglas técnicas y normas administrativas.
¿Qué es LMU-20?
Es la Licencia Metropolitana Urbanística de Edificación, mediante el cual el Municipio del Distrito Metropolitano de Quito autoriza al administrado el inicio de la intervención constructiva, de acuerdo a los certificados de conformidad del cumplimiento de las normas administrativas y reglas técnicas.
¿Qué ocurre con los procedimientos de edificación que se iniciaron con el sistema anterior y cuentan con licencia de construcción?
Todo proceso de edificación que cuente con la respectiva Acta de Aprobación de Planos, Licencia de Construcción y/o haya ingresado una garantía económica al Municipio de Quito, debe culminar en todas sus etapas posteriores hasta la obtención de la Licencia de Habitabilidad y devolución de los fondos de garantía, en el sistema SGCT-SLUM de Gestión Territorial.
¿Qué ocurre con los procedimientos de edificación que se iniciaron con el proceso anterior en el sistema SGCT y cuentan únicamente con registro de planos arquitectónicos?
Los trámites iniciados con el proceso anterior que cuenten solo con el Registro de Planos que esté vigente y que no haya depositado una garantía económica, deberán acogerse al nuevo proceso de Licenciamiento Metropolitano donde interviene la Entidad Colaboradora ECP-CAE para la emisión de Certificados de Conformidad y Licencias Metropolitanas Urbanísticas, para lo cual debe solicitar la homologación del registro de planos arquitectónicos del sistema SGCT en el sistema SLUM en las dependencias de la Entidad Colaboradora ECP-CAE.
¿Qué ocurre con los trámites ubicados en áreas históricas y que cuenten con registros de planos?
Los trámites iniciados con el proceso anterior correspondientes a Áreas Históricas que cuenten con el Registro de Planos y que hayan depositado garantías deberán continuar la tramitación en el sistema SGCT, aquellos que no hayan depositado garantía ingresarán al proceso dentro del sistema SLUM.
¿Dónde constan los requisitos que debo presentar para todos los procesos de habilitación del suelo y edificación?
Constan detalladamente en los Anexos Técnicos de la Ord. 156 que establece el Régimen Administrativo del Suelo en el Distrito Metropolitano de Quito: De las Licencias Metropolitanas Urbanísticas modificados mediante Resolución de la Secretaría de Territorio Hábitat y Vivienda STHV-RT No. 002 del 3 de octubre del 2013 donde constan los requisitos para los trámites de Habilitación del Suelo y Edificación, así como el Catálogo de Trámites para emisión de LMU-10 y LMU-20 se encuentran disponibles en la página web del Municipio de Quito. www.pam.quito.gob.ec.
¿En proyectos arquitectónicos modificatorios, qué pasa con bomberos?
En proyectos arquitectónicos modificatorios si superan el 30% del proyecto original con modificaciones el administrado debe solicitar el Visto Bueno de Planos respecto de las modificaciones realizadas al proyecto.
¿En proyectos arquitectónicos por etapas que pasa con los bomberos?
El Cuerpo de Bomberos simultáneamente con la Entidad Colaboradora, emitirán el criterio favorable sobre los Medios de Egreso y el Certificado de Conformidad arquitectónico sobre la totalidad del proyecto. Con los Certificados de Conformidad arquitectónico, estructural y de instalaciones, el Cuerpo de Bomberos emitirá simultáneamente el Visto Bueno de Planos sobre la totalidad del proyecto; con los certificados otorgados el Administrado puede solicitar la emisión de la Licencia Metropolitana Urbanística LMU-20 por cada etapa planteada en la propuesta del proyecto.
¿Con qué criterio y rigurosidad se revisan los planos de las ingenierías?
Los planos Estructurales y de Ingenierías, serán verificados por profesionales calificados de la Entidad Colaboradora en concordancia con la normativa vigente NEC-SE , conforme a los requisitos y formularios normalizados por el MDMQ. El cumplimiento de normas administrativas y reglas técnicas serán garantizadas a través de la emisión del Certificado de Conformidad de la revisión efectuada, fundamento técnico que valida la ejecución del proceso constructivo autorizado y aprobado por el MDMQ con el otorgamiento de la LMU-20.
¿Cuál es el tiempo de vigencia de los certificados de conformidad?
Los Certificados de Conformidad tendrán vigencia, mientras no se modifique el Plan de Uso y Gestión de Suelo (PUGS), las normas administrativas y reglas técnicas con las cuales fueron otorgadas.
¿Cuál es el tiempo de vigencia de las Licencia Metropolitana Urbanística LMU-20?
El plazo para iniciar el proceso constructivo en las intervenciones constructivas mayores de las Edificaciones será de tres (3) años, a partir de la expedición de la Licencia Metropolitana Urbanística de Edificación LMU-20. El plazo para terminar el Proceso Constructivo en las intervenciones constructivas mayores de las Edificaciones será de tres (3) años, a partir de la Notificación de Inicio del proceso constructivo por parte del Administrado. El plazo para iniciar y terminar las Intervenciones Constructivas Menores será de un año a partir de la fecha de expedición de la Licencia Metropolitana Urbanística Simplificada LMU-20.
¿Se deben presentar garantías para el proceso de edificación?
No se deben presentar garantías.
¿Se deben presentar garantías para el proceso de habilitación del suelo?
Sí, son las determinadas en el Art. re-enumerado (17) garantía por obras de infraestructura en subdivisiones por un monto equivalente al 100% del valor de las obras, o hipoteca del lote global a ser subdividido, señalado en la Ord. 0433 que reforma a la Ord.156 Régimen Administrativo del Suelo en el Distrito Metropolitano de Quito: De las Licencias Metropolitanas Urbanísticas. En Urbanizaciones son las determinadas en el Art. re-enumerado (33) garantía por obras de infraestructura y de equipamiento comunal, por un monto equivalente al 100% del valor de las obras de urbanización, señalado en la Ord. 0433 que reforma a la Ord. 156 Régimen Administrativo del Suelo en el Distrito Metropolitano de Quito: De las Licencias Metropolitanas Urbanísticas; podrá asimismo constituir una hipoteca sobre inmuebles diferentes al lote a urbanizarse. El urbanizador asumirá los costos derivados de la obtención de esa garantía.
¿Las edificaciones menores de 40m2 deben obtener los certificados de conformidad en la entidad colaboradora CAE-P?
No, deben solicitar la Licencia Metropolitana Urbanística Simplificada en la Administración Zonal competente, a través del formulario normalizado que se encuentra en la página WEB; no requiere la presentación de proyecto técnico.
¿Dónde solicito el permiso para intervenciones constructivas menores (antes Licencias de Trabajos Varios)?
Para trabajos menores de mantenimiento debo solicitar una LMU-20 simplificada (intervenciones constructivas menores) y pagar la tasa correspondiente al 5% del valor del presupuesto de los trabajos de mantenimiento y lo hago en el nuevo Sistema del Licenciamiento Metropolitano conocido como SLUM en las correspondientes Administraciones Zonales de DMQ. Para ello no necesito agendar una cita previamente en el Call Center.